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¿Qué es pornovenganza?

El término Pornovenganza se refiere a la utilización de fotografías o videos privados tomados en la intimidad para publicarlos o viralizarlos sin el consentimiento del protagonista a través de redes sociales o sitios web, aun habiendo existido acuerdo entre las partes involucradas para la creación de esas imágenes o videos.

Proviene del concepto revenge porn, utilizado por primera vez en Estados Unidos, el cual hace referencia a la publicación no autorizada de imágenes o videos privados, mayormente de índole íntimo, llevado a cabo generalmente por la ex pareja del protagonista o a través de terceros, a modo de “venganza” luego de terminada la relación entre ambos.
 
Por su traducción al español el término derivó en pornovenganza y posteriormente se comenzó a denominar a la práctica como difusión no consentida de material íntimo. Al eliminar el término “venganza”, se amplió la figura ya que de esta forma no se consideran únicamente aquellas situaciones donde el sujeto actúa por venganza o donde las partes tenían una relación previa sino que se lo expande a terceros no relacionados con el hecho en sí de la captación original de la imagen. 

En este sentido, si bien en general, el contenido es difundido por ex parejas quienes en la mayoría de los casos estuvieron involucrados en la generación de esas imágenes o videos en la intimidad, también se dan casos de la mano de hackers oportunistas quienes vulneran los sistemas de seguridad o descifran las contraseñas de las víctimas para robar el material privado y humillarlas o chantajearlas.

Se trata de una práctica que constituye una grave afectación del derecho a la privacidad de las personas, ya que en algunos casos, se completa con la difusión de datos personales tales como el nombre, la edad, la dirección de correo electrónico y las cuentas en redes sociales, entre otros. El principal deseo de las víctimas es lograr que el material difundido sea retirado de Internet, por ello el castigo del culpable suele quedar en un segundo plano. La legislación civil argentina, en la actualidad, cubre este tipo de hechos ilícitos, no así la penal, lo cual deja un vacío que debe ser enmendado. La figura penal para este tipo de prácticas no se encuentra especificada, por lo que muchas veces son canalizadas por la vía de los delitos contra los derechos intelectuales, de las injurias, por hostigamiento o chantaje, lo que hace que cada caso se deba tomar particularmente para comprobar que dichos delitos fueron cometidos y darle el respectivo tratamiento. 

A su vez, se la considera como violencia sexual ya que genera desequilibrio emocional en la víctima, impactando directamente en su integridad psicofísica. En este sentido, las diversas experiencias vinculadas al fenómeno muestran trastornos severos en la vida familiar y laboral. 

Lo característico de la pornovenganza es que si bien pudo existir acuerdo entre las partes involucradas a la hora de tomar las fotografías o grabar los videos en la intimidad, no resultó así al momento de compartir dicho material en Internet. Además, se destaca el hecho de que el eje no está en la producción de videos íntimos – en virtud de cualquier manifestación de la libertad de expresión – sino en la publicación del material sin el total consentimiento de las partes involucradas. Es por eso que al no haber mutuo acuerdo por parte de los involucrados en la publicación, las víctimas pueden tomar acciones legales contra los responsables por violación de sus derechos. 

A modo de conclusión, es importante tomar conciencia de que cada vez que se visualiza y difunde este tipo de contenido sin consentimiento se está perpetuando este tipo de prácticas, que vulneran el derecho a la privacidad de las personas. Por ello, es fundamental no compartir fotos o videos íntimos ajenos y denunciar estos hechos ante la Justicia.

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